REPARTICIÓN DE HERENCIA O SUCESIÓN

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Abogado Para Procesos de Sucesión

En Solucones en Derecho te brindamos asesoramiento en repartición de herencias y te respaldamos jurídicamente en el proceso de sucesiones y herencias. El servicio jurídico de sucesiones y repartición de herencia abarca asesoramiento y apoyo en la gestión y distribución de bienes después del fallecimiento de una persona.

Se puede llevar a cabo mediante un Notario cuando la sucesión se basa en un testamento o cuando hay mutuo acuerdo entre los herederos, o ante un Juez de la República cuando los herederos no se ponen de acuerdo sobre la repartición de los bienes.

En el último caso, el proceso de sucesiones se inicia con la presentación de una solicitud ante un juez de familia del lugar del último domicilio del fallecido y debe contener el registro civil de nacimiento y de defunción, el inventario de los bienes y las deudas, y la lista de herederos. Una vez admitida la demanda, el Juez emplaza o determina un plazo para que se realicen las notificaciones respectivas.

Sí, contamos con oficinas físicas Bucaramanga, pero además realizamos procedimientos a distancia según el caso. ¡Trabajamos en toda Colombia!

Estamos comprometidos en brindar soluciones legales tanto en el proceso ante notario o juez. Te ofrecemos asesoría y representación jurídica para trabajar en pro de las necesidades de cada caso.

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Cualquiera de los herederos o un tercero interesado como un acreedor, la esposa o la compañera permanente del causante o fallecido, pueden ir ante un un juez y solicitar la apertura de la del tramite de sucesión.

Los documentos mínimos necesarios son: Registros civiles de nacimiento y defunción del causante, registro civil de nacimiento de los herederos y copias de cédulas de los interesados para acreditar el parentesco.

En el caso de una sucesión intestada, si la sucesión es testada, se requiere una copia registrada del testamento.

Aunque estos son solo los documentos mínimos, se recomienda revisar cada caso en concreto.

Como hemos mencionado, el proceso de sucesión se puede realizar de dos maneras, si es de común acuerdo entre los herederos o los causahabientes, se realiza en notaría. Si, por el contrario, hay litigio o controversia, se debe presentar una demanda ante un juez de familia.

Un heredero que no se presenta a la sucesión no pierde su calidad de heredero y conserva sus derechos sucesorios de la misma manera que los demás herederos. El heredero ausente también mantiene sus derechos hereditarios sin importar el paso del tiempo.

Ahora bien, si un heredero no quiere iniciar el proceso, cualquier otro puede iniciar la sucesión sin necesidad de aprobación de todos los herederos.

Aquellos que, por ley, están en su derecho de heredar. Las personas que la norma contempla como “herederos forzosos” son los hijos y descendientes del fallecido o, en su defecto, los padres y ascendientes del mismo. Asimismo, entran dentro de esta categoría los viudos y/o viudas.

Aunque estos son quienes estan primero llamados a heredar, se recomienda revisar cada caso en concreto.

El plazo o tiempo que dura el proceso de sucesión o partición de herencia depende de si se realiza ante notario público o ante un juez. Si se hace ante notario, el proceso puede durar hásta dos meses, mientras que ante un juez puede durar un año o más, dependiendo de la diligencia del juez y las partes.

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